Convocatoria y bases reguladoras de ayudas a la implantación de nueva actividad económica en el Valle de Egüés durante el año 2024.
1. Objeto y conceptos subvencionablesEs objeto de las presentes bases regular la concesión de ayudas económicas para el fomento de la implantación de nueva actividad económica en el Valle de Egüés durante el año 2024 A estos efectos, constituirán conceptos subvencionables los gastos de reforma, alquiler y/o adquisición de locales para la implantación de nueva actividad económica en el Valle de Egüés durante el año 2024, en los términos que se establecen en las presentes bases.Las ayudas económicas comprenderán también los supuestos en los que el alquiler vaya acompañado de una opción de compra, sin perjuicio del régimen de incompatibilidades establecido más adelante.En todo caso, la relación de arrendamiento o la adquisición de la propiedad de los locales deberá formalizarse en escritura pública, o documento privado en el caso del alquiler. A todos los efectos de las presentes bases cuando la renta no sea establecida por referencia a períodos mensuales, se obtendrá la correspondiente prorrata o proporción mensual.
Documentación, tramitación y pago
La solicitud se hará en el documento habilitado para ello y deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
a) Documento acreditativo de la identidad del solicitante.
b) Declaración en la que se hagan constar las subvenciones, ayudas, ingresos o recursos obtenidos o solicitados para la misma finalidad o, en su caso, una declaración expresa de no haberlos solicitado. Se indicará asimismo si están acogidas al régimen de mínimis (Anexo I)
c) Declaración responsable (Anexo II)
d) Breve Memoria Proyecto Empresarial (Anexo III)
e) Solicitud de abono por transferencia. (Anexo IV)
f) Acreditación de estar al corriente del cumplimiento de obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social.
g) Documento acreditativo del alta en la Seguridad Social o contrato de trabajo que justifique la existencia de un puesto de trabajo.
h) Contrato de alquiler o escritura de compraventa.
i) Justificante de pago de alquiler o compra.
j) Si procede, acta de constitución de la sociedad.
k) Si procede, proyecto y memoria de reforma o adecuación del local, que incluya presupuesto detallado y detalle de las actuaciones realizadas incluyendo fotografías.
l) Si procede, facturas y justificantes de pago de obras admitidas por esta convocatoria.
m) Si procede, relación nominal de trabajadores (RNT) o declaración responsable sobre el número de trabajadores en la empresa (Anexo VI)