El calendario de días inhábiles es un documento que sirve para ceñirse a los plazos señalados en la tramitación de los procedimientos administrativos.
Se elabora con sujeción al calendario laboral oficial, fijando en su respectivo ámbito (administración estatal, autonómica y local) los días inhábiles.
A efectos de plazos señalados en días, se entiende que son días hábiles todos, salvo los domingos y los declarados festivos. Es importante tener en cuenta que a partir de la entrada en vigor de la Ley 39/2015 (a partir del 2 de octubre de 2016) los sábados se consideran días inhábiles a efectos de cómputo de plazos.
Junto con los sábados y domingos declarados como días inhábiles, también son inhábiles en este Ayuntamiento por su carácter festivo las siguientes fechas para el año 2022:
Fecha | Motivo |
---|---|
1 de enero | Año Nuevo |
6 de enero | se traslada Epifanía del Señor |
14 de abril | Jueves Santo |
15 de abril | viernes Santo |
18 de abril | Lunes de Pascua |
1 de mayo | Fiesta trabajo |
7 de julio | Fiesta Local San Fermín |
25 de julio | Santiago Apóstol |
15 de agosto | Asunción de la Virgen |
12 de octubre | Fiesta Nacional de España |
1 de noviembre | Festividad de Todos los Santos |
3 de diciembre | San Francisco Javier |
6 de diciembre | Día de la constitución |
8 de diciembre | Inmaculada Concepción |
25 de diciembre | Natividad del Señor |
*Los días 7 de enero, 6 y 8 de julio, 31 de octubre y 7 de diciembre no serán laborables
Asimismo, se declaran inhábiles a efectos de cómputo de plazos en el año 2022, todos los sábados, domingos y los días declarados festivos para las oficinas municipales.
El horario de atención al público y de apertura del Registro General queda establecido de 8:30 a 14:30 horas.